La
Cámara Federal de Salta revocó la medida cautelar dispuesta en primera instancia que suspendía por completo a la
Ley de SCA. La había dictado el juez federal
Miguel Medina a instancias de la diputada nacional
Zulema Daher del
Peronismo Federal de
Romero.
Esta es una consecuencia de la revocatoria de la
CSJN de la medida cautelar dictada por la jueza
Pura de Arrabal de Mendoza en donde el tribunal establece que un diputado que ha perdido una votación en el recinto no puede ir por la revancha en la
Justicia.
Aún quedan por resolverse otras causas como una de
Salta,
San Juan y
Capital Federal que suspenden la aplaicación de los artículos
45 y el
161, la famosa claúsula de desinversión, por lo cual estos artículos no podrían reglamentarse ni aplicarse hasta que la cuestión se resuelva.
De todas formas es un nuevo paso adelante en la pelea por la puesta en vigencia de la
Ley de SCA y lo celebramos.
* Charlando el tema con el amigo Jorge Devicenzi me recomendó este post que publcó en su blog Que la jarana recién empieza: El estado actual de la ley de medios.
5 comentarios:
Tenés toda la razón, es un nuevo paso adelante. No obstante, a los jueces no les gusta perder sus sillones, es difícil que alguno opere en contrario haciendo lugar.
Saludos.
Lo noto más prudente que con el fallo de la Corte en el caso de Thomas.
No pasó nada...
Todo sigue igual. Es más, en la tribuna de doctrina hoy (on line) Adrián Ventura da algunas claves del nuevo fallo. Dijo que los jueces consideraron que el diputado puede tener legitimidad al denunciar un vicio de procedimiento en la sanción de una ley. Pero que tiene que probar el daño que le causa. Algo que en este caso no habría sucedido. Es decir, es un poco más mezquino que el de la Corte.
Igual, todos sigue suspendido.
Paciencia, inyeñé. No queda otra
saludo
Lava
Lo noto más prudente que con el fallo de la Corte en el caso de Thomas.
No pasó nada...
Todo sigue igual. Es más, en la tribuna de doctrina hoy (on line) Adrián Ventura da algunas claves del nuevo fallo. Dijo que los jueces consideraron que el diputado puede tener legitimidad al denunciar un vicio de procedimiento en la sanción de una ley. Pero que tiene que probar el daño que le causa. Algo que en este caso no habría sucedido. Es decir, es un poco más mezquino que el de la Corte.
Igual, todos sigue suspendido.
Paciencia, inyeñé. No queda otra
saludo
Lava
Lo noto más prudente que con el fallo de la Corte en el caso de Thomas.
No pasó nada...
Todo sigue igual. Es más, en la tribuna de doctrina hoy (on line) Adrián Ventura da algunas claves del nuevo fallo. Dijo que los jueces consideraron que el diputado puede tener legitimidad al denunciar un vicio de procedimiento en la sanción de una ley. Pero que tiene que probar el daño que le causa. Algo que en este caso no habría sucedido. Es decir, es un poco más mezquino que el de la Corte.
Igual, todos sigue suspendido.
Paciencia, inyeñé. No queda otra
saludo
Lava
No se si lo dije (el alzheimer avanza) pero ese post lo subi luego del pedido de Codelco de Salta y antes de que se presentara Daher. Por eso no la contiene.
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