martes, 5 de octubre de 2010

La Corte a favor de Clarín



La CSJN falló por unanimidad a favor de Clarín ratificando la medida cautelar que impide la aplicación del artículo 161 de la Ley 26.522 de SCA, la llamada clausula de desinversión que toda ley antimonopolio como esta tiene. El Estado había presentado un recurso extraodinario ante la Corte para anularla.

La medida cautelar fue dictada por el juez federal Carbone a pedido del Grupo Clarín en diciembre diciendo que: "el artículo 161 produce un menoscabo de los derechos constitucionales de propiedad y de industria lícita".

Este artículo no podrá aplicarse en contra de Clarín hasta tanto no finalice el juicio iniciado por el Grupo que está recién en primera instancia por lo que los tiempos se harán eternos en el caso de que el fallo judicial resulte favorable al Gobierno, más allá de este mandato.


Leyendo el fallo la CSJN dice:

  • Que esta confrmación de la cautelar no afecta a la plena vigencia de la Ley de SCA, la suspensión es solo en este artículo en particular y para el Grupo Clarín.
  • Que no está en discusión la cláusula de desinversión sino el plazo de 1 año para llevarlo a cabo.
  • Que el caso de esta cautelar es diferente a la otra presentada por el diputado Thomas luego de perder la votación en el recinto parlamentaro y rechazada por la Corte al pretender suspender a toda la Ley 26522.
  • Que la medida cautelar no puede prolongarse "sine die" sino que a pedido de parte se debe fijar un plazo para su vigencia.
  • Así como la cautelar no puede pasar a ser una "sentencia anticipatoria", la CSJN sigue con la tradición de no expedirse sobre medidas cautelares hasta tanto no haya sentencia definitiva y rechaza el recurso extraordinario.

Fallo completo aca.



45 comentarios:

ludmila dijo...

que razón tiene Hebe al calificarlos.

ludmila dijo...

que razón tiene Hebe al calificarlos.

Anónimo dijo...

Ahora, perdón, pero no hay una clara intromisión del poder judicial en el legislativo en este caso al seguir sosteniendo la cautelar que va en contra de los plazos del artículo 161?
Belu.

Lucho dijo...

Este es un ejemplo más de la farsa llamada democracia liberal en la que vivimos, u "oligarquía liberal" según Castoriadis.
Todo muy lindo pero los poderes fácticos no se pueden tocar.

Tito Rosé dijo...

Lulu Morales Solá tenía razon....

eduardo j. dijo...

Quiere decir que este artículo no regirá nunca.Si les da dos años ,se estirarán hasta el infinito.Cambiarán de juez,mientras Magneto y los empleados de la oposición o el gobierno que éste haya puesto se cagarán de risa.Quiero oir una opinión de Proyecto Surf,especialmente algunos que visitan el blog.Aunque por un plato de lentejas en TN son capaces de hacerse los boludos..

eduardo j. dijo...

Qué es celeridad para definirse con el 161,una década ,un siglo o un milenio...

Anónimo dijo...

se acuerdan de los rumores Bobos-lorenzeti?

Almita dijo...

La Corte siempre hace lo que hizo antes, nunca hay novedades, no cabía esperar que la hubiera ahora. Por eso en su momento me preocupó en qué Sala de la Cámara podía caer esta causa. No tienen por qué ser dos años, si bien tienen ese tiempo. Más importante que el tiempo, es en cuál Sala recaiga el sorteo de la causa cuando regrese. Ahí sí que puede ser gato o liebre.

Anónimo dijo...

me parece q se cerró ésta etapa, y se obtuvo mas de lo esperado. son cada vez menos los q leen el clarín o escuchan a sus esbirros sin al menos considerar q no son la única verdad, y creo q ninguno de nosotros esperaba ver a blanck o vanderkooy buscando laburo antes de fin de año. la lucha es larga, pero tengo fe en cristina. ah, y tengo la esperanza q en ésta etapa pisemos el acelerador a fondo de la gestión, ahí tenemos las de ganar siempre.

viva perón.
saludos
ariel

Anónimo dijo...

Pero le erró Esquirla,había dicho un voto menos...Zaffaroni,acompañó.

anibal dijo...

Creo que el importante es el cuarto punto: la autelar no puede ser eterna. La corte está diciendo que en un año, si no pasó nada, el estado puede volver a pedirle que revea el caso, y ahí veremos. En definitiva, el gobierno tiene que ganar las próximas elecciones si quiere asegurarse que la desinversión efectivamente se concrete algún día.

Unknown dijo...

Si la cláusula de desinversión no corre para el GC pero sí para las demás empresas de medios, lo que se va a lograr un efecto inverso al espíritu de la LSCA. Creo que la alternativa está en desarrollar al máximo la TVDT.

Anónimo dijo...

Que quieren con Zafaroni, si fue juez de la dictadura

Néstor Sbariggi dijo...

ludmila: No estuve de acuerdo con Hebe entonces y tampoco estoy de acuerdo ahora después del fallo que es discutible seguro.

Perono está todo perdido, el fallo no se expide sobre la constitucionalidad del 161 sino que no quiere expedirse acerca de la cautelar y ratifica la vigencia de la ley.

Belu: No se expide sobre la cuestión de fondo, solo lo haría en el caso de una sentencia firme.

Lucho: El famoso diálogo y consenso para que no cambie nada. Creo que había algún otro camino peor la CSJN eligió este. Nos queda ganar las elecciones.

Tito Rose: Y el Gato que fue el que acertó.

Después seguimos

Sergio De Piero dijo...

Lo que falta no? Que los demás grupos tengan que vender...a Clarín

jose dijo...

Sos un gordo nerd, el la foto con k estas patético.

Anónimo dijo...

Inge: Leí el fallo y no termino de entender el tema de "sine die" (estos negros cabezas,jua).

La corte habla de que todavia no transcurrio el tiempo necesario como para argumentar el perjuicio.

Faltan apenas 3 meses para que se cumpla un año de la cautelar interpuesta. Esto de alguna forma quiere decir que en Diciembre de este año el estado podría volver a pedir el recurso de amparo?

O solo es una expresión de deseo mia?

Abrazos, Daniel 7

Néstor Sbariggi dijo...

Daniel 7: "sine die": sin un plazo, indefinidamente.

Lo que puede pedir el Estado es un plazo de vencimiento de la cautelar creo interpretar.

Esto le pasa la pelota a la política, si queremos todo hay que ganar las elecciones.

Saludos

Anónimo dijo...

Si creo que tiene razón, si queremos que algo cambie en este país hay que ganar las elecciones.

Gracias.

Ricardo VM dijo...

Se confirma que los periodistas del grupo estaban dateados desde hace varias semanas, lo que me parece más grave que el fallo en sí.
Espero que se termine el verso de la justicia adicta al gobierno.

Anónimo dijo...

No hay caso esbariyi, están encegecidos y no entienden razones. Ni siquera las suyas, que explican por qué el fallo de la CSJN no es tan malo.

Y lo que sabe todo el mundo desde que se inventó la Corte: que no falla sobre cautelares.

Puede ser que esto le cueste tanto a Zanini y a la compañera "jurista" presidente.

Que por esta pavada haya armado semejante quilombo!

Muchachos, esto es como la lluvia: te puede gustar o no.

saludos

lava

Almita dijo...

Sugiero releer con cuidado, e insisto en dos puntos:

"...cuyos alcances se encuentran limitados al actor, no afecta de ningún modo la aplicación general de la ley, y se encuadra dentro de los criterios tradicionales empleados por los Tribunales de la Nación durante muchos años y en todas las circunscripciones, por lo cual no se advierte gravedad institucional alguna".

"...el mantenimiento del pronunciamiento que ataca pueda, en las actuales circunstancias, paralizar u obstaculizar la aplicación general del régimen consagrado en la ley 26.522."

Por ende, los siguiente titulares, son mentiras.

La Corte Suprema mantiene suspendido un artículo clave de la Ley de Medios ES UN TITULAR QUE MIENTE, ES SOLO PARA LA ACTORA (Diario Clarín)

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la suspensión del artículo principal de la ley de medios SOLO PARA LA ACTORA, ACA TAMBIEN MIENTEN (diario La Nación)
__________________
Ricardo VM: cualquier persona con un mínimo de conocimiento de como funciona la Justicia Federal, te hubiera dicho que iba a suceder lo que sucedió. Invierto tu comentario. Los periodistas del grupo creyeron que Zaffaroni iba a ser más papista que el Papa, Y LA PIFIARON, UNA VEZ MÁS.

Anónimo dijo...

Claro, la suspensión del 161 rige sólo para Clarín. Es decir, la ley no le sirve al gobierno.

Hoy Néstor K tiene una recaída en su gastritis.

saludos

lava

Anónimo dijo...

Almita, te cabe por colectora?

saludos

lava

Anónimo dijo...

Almita: si en eso el falo no es tan negativo como lo pretenden mostrar en LN y GDA.

La corte no falla sobre la constitucionalidad o no del articulo y ni siquiera pone en cuestión el plazo establecido. Solo afecta al tema de la cautelar, eso me quedo claro.

Mas arriba le pregunto al ingeniero si de alguna forma el fallo tambien habilita al estado a que se fije la duración de la cautelar como (mal?) entiendo. Será así?

Abrazos, Daniel 7

Pd: Lava es de bastante poco hombre meterse con las compañeras de una forma tan burda y guranga, ya lo hiciste con Beatriz y ahora con Almita. Se te concede que nos chicanees como una nota de humor, pero flaco con las compañeras, no!!
Cortala.

beatriz m. dijo...

Hay que avisarle a los legisladores que cuando hagan una ley no se les ocurra poner un año de desinversiòn para algùn monopolio, pueden ser dos, tres...quièn sabe.

Mientras tanto Braden Magnetto està armando las empresas fantasmas que le "compraran" al grupo lo que les sobre segùn la ley...Cosa seria, el verdadero quid de la cuestiòn lo dejaron pasar y se aferraron a las formas que es una manera de jugar a la justicia dejando pasar un elefante por un ojal. Cualquier monopolio sabrà còmo actuar de ahora en adelante, cautelares, cautelares y a dormir la siesta mientras "desarmo" lo que nunca voy a desarmar.

La ley està vigente pero el monopolio de pie, mirando el reloj y haciendo tiempo, si eso es hacer justicia....

Hebe tenìas razòn.



Hebe, tenìas razòn.

Anajul dijo...

Dos acotaciones:
1) El art. 161 de la LSCA establece que el plazo de desinversión no puede ser mayor a un año desde que la autoridad de aplicación establezca los mecanismos de transición y la reglamentación tiene fecha 8 de setiembre de 2010 por lo que los efectos de la cautelar casi que recién empiezan
2) Alguien esperaba un fallo heroico? “En los países como el nuestro, donde los jueces de una Corte Suprema interpretan en última instancia la Constitución escrita, esta Constitución es los que dichos jueces quiera que sea. La Corte Suprema, pues, es el instituto de reaseguro del sector social dominante en la Constitución real del país"(Sampay)

A seguir en la brecha y a trabajar para ganar en el 2011!

beatriz m. dijo...

Piden un plazo "razonable", cuàl serìa ese plazo, el que se tomò por ejemplo el juez Bergessio para "activar" durante 9 años la causa hijos apropiados?.

Y otra cosa la defensa de Branden Magnetto estaba tomàndose un vinito en el estaño de un bar cuando alegò que la clàusula de desinversiòn era "sorpresiva, breve y fatal"...faltaba agregar, "bebìas y en el ardor del alcohol loca reìas, por no llorar"...

Lograron conmover a los cortesanos, turrones de manì a los que habrà que preguntar y romperle los cocos todos los meses "el plazo razonable llegò a su fiiiiinnnnnnn?"...

Anónimo dijo...

Inye y todos los leguleyos
A ver si me pueden desasnar. Entiendo que los supremos no van a opinar hasta que no este firme.
Ahora sobre el fondo de la cuestión pregunto:
Entiendo que ante una nueva ley el resto tenga que adecuarse. Cosa rara porque no se podría legislar hacia atrás. Entonces si lo puede hacer es que en el pasado ya había incumplimientos.
Con el resultado puesto, no hubiera sido mejor mientras se preparaba esta ley hacer cumplir la vigente para luego mejorarla?
Como está haciendo el gobierno con papel prensa, por un lado a la justicia y por otro al congreso.

Saludos

Anónimo dijo...

Daniel: no seas culorroto. Vos y Esbariyi y todos saben que yo no les falto el respeto a las compañeras.

Es otro es que se los falta.

De última lo que está haciendo es proyectar sus propias abyectas intenciones utilizándo a Lava de escudo.

No serás vos? Y si no, fijate en el primer párrafo del último de tus comments y esa alusión al falo no negativo que querés mostrarle a Almita.

Vamos, a papá mono...!

Igual, saludos cordiales

Lava Tiva

Felipe dijo...

Yo me pregunto

la 161 habla de desinversion.
otros articulos limitan el numero de canales que una empresa puede tener en una jurisdiccion dada.

Si Clarin quiere seguir teniendo 10000 canales que los tenga, que no desinvierta. El tema es que de los 10000 solo podran salir al aire unos pocos ajustandose a los otros articulos que si estan vigentes.

Me equivoco al interpretar asi la ley.
Disculpen pero yo de derecho ni jota

Nando Bonatto dijo...

Vamos a ver,sacarse un poco exasperaciones dignas de otras urgencias.
Primero y principal
La Corte ha establecido la constitucionalidad de la Ley de Medios (en este fallo ).
La Corte afirma que no se pronuncia sobre cautelares ,que jamas lo hizo
La Corte pide al juez un fallo en tiempo corto
LA CORTE NO SE PRONUNCIA SOBRE LA CUESTION DE FONDO
Es decir.Como bien dijo Sietecase hace un ratito se pueden dar dos miradas
Una es que la Corte son unos reventados hijos de bla bla bla
al estilo Bonafini en la que no comparto el estilo digamos
y otra es que dio un fallo que como casi todos los fallos no deja conformes a todo el mundo.

Lito dijo...

Tengo muchas dudas que la unica cautelar sea la del Grupo Clarin.

Entiendo que la Corte se expidio sobre un caso en particular pero supongo que con semejante antecedente por ejemplo Cadena 3, o el Grupo Vila Manzano, u otros no salgan a pedir cautelares.

Alguien conoce si Cadena 3 esta haciendo algo en este sentido?

Un abrazo a tod@s

ricardo dijo...

La Corte hizo lo que se esperaba hiciera, de hecho es lo que tenía que hacer para mantenerse en su lugar. A partir de este fallo, y el tiempo que va a tardar en decidirse sobre la cuestión de fondo, EXISTE UN MOTIVO MAS por el cual necesitamos que este gobierno continúe 4 años mas.-

Lito dijo...

Lo que sospechaba. LLuvia de cautelares ( bueno lluvia es un poco exagerado, digamos varias).

Aca hay una nueva en Santiago del Estero solicitada por el Grupo Icx ( o como se llame) ==============>

http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1311820

Anónimo dijo...

Es cómico, podría decirse que toda la ley gira sobre el 161 y que todo el resto es relleno.

De hecho, hoy vigente la ley en todo lo que no sea el 161, no se ha producido ninguna novedad destacable en el panorama nacional de los medios.

Es decir, armaron una ley sólo para lesionar a Clarín. Y la ley no cumple con ese propósito.

And now what???

Y ahora se ve una vez más toda la energía que consume este gobierno de adolescentes en atacar a los fantasmas.

El campo, la iglesia, Clarín, Uruguay...

Y ahora Chile.

Gracias Cristina, gracias Héctor

saludos

lava

Felipe dijo...

Lava,
cada vez te veo mas crispado

El Baron Raf dijo...

Cortala maricón, que cuando te mandan al frente te agarra la cacona y decis que son otros los que escriben con tu nombre, cagonazo

Marcelo UTN dijo...

Compañeros, recuerdan donde estabamos el 28J? A no hacer tanto drama, el fallo no revoca nada fundamental, solo niega fallar sobre medidas cautelares. Si se lee bien, el "sine die" a la larga es favorable y solo posterga el golpe de nock-out hasta las presidenciales.
La Corte no es revolucionaria si falla a favor nuestro ni gorila si falla a favor de ellos, por naturaleza es conservadora y es un órgano que debe acomodar las velas para el lado de los vientos políticos. Zaffaroni no es Lorenzetti.
A no caer en el juego de las ansiedades, no nos va a venir mal perder una, para no dormirnos en los laureles digo. La crispación debe ser de ellos.
Paciencia que lo que cuesta se saborea mejor.
Saludos, Marcelo

Marcelo UTN dijo...

Compañeros, recuerdan donde estabamos el 28J? A no hacer tanto drama, el fallo no revoca nada fundamental, solo niega fallar sobre medidas cautelares. Si se lee bien, el "sine die" a la larga es favorable y solo posterga el golpe de nock-out hasta las presidenciales.
La Corte no es revolucionaria si falla a favor nuestro ni gorila si falla a favor de ellos, por naturaleza es conservadora y es un órgano que debe acomodar las velas para el lado de los vientos políticos. Zaffaroni no es Lorenzetti.
A no caer en el juego de las ansiedades, no nos va a venir mal perder una, para no dormirnos en los laureles digo. La crispación debe ser de ellos.
Paciencia que lo que cuesta se saborea mejor.
Saludos, Marcelo

Anónimo dijo...

Cristina se animo, nestor tambien, pero no se puede, esto es vergonzoso , ni zaffaroni safo de este mamarracho, pobre cristina !estoy harta! y despues los opositores se quejan ! de que ??si el poder economico gobierna todo y ellos estan de ese lado ??

Anónimo dijo...

Felipe: al contrario, estoy cada vez más sereno. Ya no me inquieta nada: la resignación tiene ese efecto sobre el espíritu.

Creo que el país está definitivamente hecho mierda y que esta maravillosa pareja que gobierna ha completado el trabajo de demolición que iniciaron JDP, los milicos y CM.

En cuanto a vos RAF: no me aguantás ni un rún. Papafrita!

Igual, saludos

lava TIVA

Ariel dijo...

estoy de aceurdo con nando bonatto y con Marcelo UTN, a ver si dejamos de lado un poco el dramatismo y le ponemos perspectivas. Hubiera querido que sea diferente pero no lo esperaba. Gracias Almita por ayudar a entender.
Lava, a ver si mejoramos un poco el nivel. Sería interesante que abras un blog donde puedas escribir tus argumentos para saber por qué el pais está tan hecho mierda.
Saludos.

beatriz m. dijo...

Cros. abogados, me pueden decir cuàl serìa el plazo razonable para que se expida en la cuestiòn de fondo el juez? Podrìa llegar al 10 diciembre del 2011? Serìa lo razonable para Magnetto?